CÓDIGO PBIP Y SU IMPLEMENTACIÓN EN INSTALACIONES PORTUARIAS.


El Código Internacional para la Protección de los buques y de las Instalaciones Portuarias (PBIP) adoptado por la Organización Marítima Internacional (OMI), nace como respuesta a los ataques terroristas del 9/11 en contra de los Estados Unidos de Norteamérica. En su contenido se establecen medidas y procedimientos para prevenir actos de terrorismo que puedan poner en peligro la integridad de los pasajeros y de la tripulación, así como atentar contra la seguridad de los buques e instalaciones portuarias.

¿CUÁNDO FUE ADOPTADO EL CÓDIGO PBIP? 

El Código PBIP fue adoptado mediante una de las resoluciones adoptadas el 12 de diciembre de 2002 por la Conferencia de los Gobiernos Contratantes del Convenio Internacional SOLAS para la Seguridad de la Vida Humana en el mar, 1974 (Londres 9 al 13 de diciembre de 2002). En otra de esas resoluciones también se incluyen las enmiendas necesarias a los Capítulos V y XI del Convenio SOLAS, mediante las cuales el Código PBIP seria de obligatorio cumplimiento a partir del 01 de Julio de 2004. El texto existente del Capitulo XI del Convenio SOLAS se ha enmendado y constituye ahora el capitulo XI-1, al haberse adoptado un nuevo capitulo XI-2, que trata de las medidas especiales para incrementar la protección marítima.

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL CÓDIGO PBIP? 

Los objetivos de este Código son, entre otros: 

  1. Establecer un marco internacional para la cooperación entre los Gobiernos Contratantes, los organismos gubernamentales, las administraciones locales y los sectores naviero y portuario, con el fin de detectar y evaluar las amenazas para la protección marítima y tomar medidas preventivas contra los sucesos que afecten a la protección de los buques e instalaciones portuarias utilizados para el comercio internacional.
  2. Definir las funciones y responsabilidades respectivas de todas las partes mencionadas, tanto a nivel nacional como internacional, para garantizar la protección marítima;
  3. Garantizar un intercambio y un cotejo rápido y eficaz de la información relativa a la protección marítima.
  4. Ofrecer un método para efectuar evaluaciones de la protección marítima de modo que pueda disponerse de planes y procedimientos para reaccionar ante los cambios en los niveles de protección, y tener la confianza de que existen medidas adecuadas y proporcionadas para garantizar la protección marítima.

¿CUÁNTOS NIVELES DE PROTECCIÓN MARÍTIMA EXISTEN?

Se aplica en concordancia con lo establecido en el Código de Protección de Buques e Instalaciones Portuarias tres niveles de Protección Marítima. Dichos niveles han sido concebidos con la finalidad de implementar medidas preventivas adecuadas contra los sucesos que afecten la protección marítima. 


Nivel de Protección 1 (Normal): El nivel en el cual deberán mantenerse medidas mínimas adecuadas de protección en todo momento.

Nivel de Protección 2 (Reforzado): El nivel en el cual deberán mantenerse medidas adecuadas de protección adicionales durante un periodo de tiempo, como resultado de un aumento del riesgo de que ocurra un suceso que afecte a la protección marítima.

Nivel de Protección 3 ( Excepcional): El nivel en el cual deberán mantenerse más medidas concretas de protección durante un periodo de tiempo limitado cuando sea probable o inminente un suceso que afecte a la protección marítima, aunque no sea posible determinar el blanco concreto.

DESIGNACIÓN DE RESPONSABLES 
El Código PBIP establece tres figuras dependiendo del entorno para adjudicar la responsabilidad de la Seguridad Marítima y Portuaria:
  1. OFICIAL DE LA COMPAÑIA PARA LA PROTECCIÓN MARITIMA (OCPM): En las compañías navieras la responsabilidad de la protección del buque recae en el OCPM. Trabaja conjunto con sus OPB y OPIP de las instalaciones portuarias utilizadas por sus buques, los OCPM desempeñan una función clave y esencial en la implantación de las medidas de protección marítimas. Es su responsabilidad garantizar que cada uno de sus buques cumpla con los requisitos de la medidas de protección marítima. 
  2. OFICIAL DE PROTECCIÓN DE LA INSTALACIÓN PORTUARIA (OPIP): Establece y mantiene la protección de su instalación y es responsable de mantener contactos eficaces con los oficiales de la compañía para la protección marítima y oficiales de protección del buque que utilicen su instalación portuaria, de los que depende el funcionamiento eficaz de las medidas de protección marítima.
  3. OFICIAL DE PROTECCIÓN DEL BUQUE (OPB):Es el responsable de la protección del buque, el OPB tiene la función esencial de garantizar que las medidas de protección marítima sigan siendo eficaces.
En esta ocasión nos centraremos en describir la implementación del Código PBIP en las Instalaciones Portuarias. 
 
VIGILANCIA DE LA PROTECCIÓN DE LA INSTALACIÓN PORTUARIA EN CUALQUIER CONDICIÓN
Toda la instalación portuaria, los accesos por mar y tierra, las zonas restringidas dentro de la instalación portuaria, los buques que se encuentren el ella y las zonas adyacentes a éstos: DEBE PODER SER VIGILADA UTILIZANDO:
  1. Alumbrado 
  2. Guardas, incluidos patrullajes a pie, motorizados y en embarcaciones.
  3. Dispositivos automáticos de detección de intrusos y equipo de vigilancia (CCTV).
Se deben examinar específicamente todas las medidas que pueden adoptarse para cada nivel en cada uno de los siguientes aspectos:

VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO PBIP EN PANAMÁ
La entidad encargada de certificar en Panamá el cumplimiento del Código PBIP en las Instalaciones Portuarias es la Autoridad Marítima de Panamá (AMP). Las Instalaciones Portuarias que tienen aplicación de este Código reciben una Auditoría Externa anual llamada "Verificación Anual de Cumplimiento (VAC)", de la AMP.

Todos los procedimientos, medidas y equipos de Seguridad y Protección, metodología de Auditoría Interna, entre otros requisitos establecidos por el Código PBIP forman están documentados en el Plan de Protección de la Instalación Portuaria que en nuestro caso debe ser aprobado y revisado por Autoridad Marítima de Panamá.




Fuente: Empresa Portuaria Nacional- Nicaragua. (26 de junio de 2014). Código PBIP para Principiantes. Obtenido de https://portalcip.org/wp-content/uploads/2019/06/Easy-Guide-for-Beginners-on-ISPS-Code-SPAN.pdf

Autores:
Jorge Lizarraga
Fernando Soto
Aylin Watson 

UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA
Asignatura: Seguridad Marítima y Portuaria 
Profesora: Iveth Victoria
Octubre:2022. 





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